Del propio CMS, en https://www.cms.gov/Medicare/Fra…
La Sección 1877 de la Ley de Seguridad Social (la Ley) (42 USC 1395nn), también conocida como la ley de autorreferencia médica y comúnmente conocida como la “Ley Stark”:
- Prohíbe a un médico hacer derivaciones para ciertos servicios de salud designados (DHS) pagaderos por Medicare a una entidad con la que él o ella (o un familiar directo) tenga una relación financiera (propiedad, inversión o compensación), a menos que se aplique una excepción.
- Prohíbe a la entidad presentar o hacer que se presenten reclamos a Medicare (o facturar a otro individuo, entidad o pagador externo) por esos servicios referidos.
- Establece una serie de excepciones específicas y otorga al Secretario la autoridad para crear excepciones reglamentarias para las relaciones financieras que no representan un riesgo de abuso del programa o del paciente.
Los siguientes artículos o servicios son DHS:
- Servicios de laboratorio clínico.
- Servicios de terapia física.
- Servicios de terapia ocupacional.
- Servicios de patología del habla y lenguaje para pacientes ambulatorios.
- Radiología y algunos otros servicios de imágenes.
- Servicios y suministros de radioterapia.
- Equipo y suministros médicos duraderos.
- Nutrientes parenterales y enterales, equipos y suministros.
- Prótesis, aparatos ortopédicos y prótesis y suministros.
- Servicios de salud en el hogar.
- Medicamentos recetados para pacientes ambulatorios.
- Servicios hospitalarios para pacientes internados y ambulatorios.
Los servicios de ambulancia no están listados. También tenga en cuenta que lo que está prohibido es hacer referencias, no ser dueño de parte de la empresa.