¿Estoy obligado a retirarme si me diagnostican una enfermedad mental?

No. Usted está obligado a no practicar si su enfermedad mental interfiere con su desempeño en el tratamiento de sus clientes. Si el tratamiento lo capacita para realizar servicios de manera competente a sus clientes, entonces puede continuar practicando. Puede tomar un permiso de ausencia para participar en el tratamiento hasta que pueda reanudar la práctica

Sin embargo, a veces estas enfermedades que mencionas implican falta de conocimiento sobre la naturaleza o el grado de tu discapacidad. Si no siente que está demasiado alterado para practicar, pero otros cercanos a usted sienten que (si son profesionales de la salud mental) están obligados a tratar de convencerlo de que participe en un tratamiento para ayudarlo a ser más competente profesionalmente o a informar usted a su junta de licencias, que puede tener la capacidad de obligarlo a dejar de practicar.

“Delicado” es una palabra vaga.

Si tiene una autorización de TS, no está autorizado a tomar los medicamentos que requiere su afección, y probablemente perderá el acceso al trabajo que requiere una autorización S o TS.

Si está en una práctica privada, es posible que desee consultar sus acuerdos de asociación y seguro de discapacidad antes de informar a sus socios sobre su condición.

El Alzheimer es realmente el problema “mental” que causará la mayoría de los problemas con su capacidad de trabajo. Lo más probable es que, para cuando tenga la edad de jubilación, ya sepa si tiene esquizofrenia o trastorno bipolar.

Absolutamente no. Churchill fue un Primer Ministro mucho mejor que muchos PM mentalmente más sanos y sufría de trastorno bipolar en un momento en que los tratamientos eran aún menos efectivos de lo que son ahora (le recetaron anfetaminas). Solo debe jubilarse cuando deje de realizar el trabajo cuando se le brinden adaptaciones razonables.