sí absolutamente sí
los médicos se clasifican bajo los PROFESIONALES en virtud de la Ley del impuesto a las ganancias, 1961. por lo tanto, necesitan mantener libros contables si el volumen de negocios bruto anual excede los 10,00,000 y deben presentar la declaración de ingresos en ITR-4 dentro del 31 de julio.
si los ingresos brutos exceden los 25,00,000 en un año fiscal, es probable que sus libros sean auditados por un contable colegiado y presenten su auditoría tributaria junto con la fecha de vencimiento del impuesto a las ganancias el 30 de septiembre.
con respecto a la facturación es que deben dar las facturas adecuadas a los pacientes, pero no muchos de ellos lo hacen en la práctica y tampoco insistimos en ese procedimiento.