La respuesta es sí.
Si completa un año de pasantía y lo hace de manera satisfactoria para su departamento, debe tener derecho a un certificado de finalización.
Esto es utilizado principalmente por pasantes preliminares que planean seguir una residencia en otro establecimiento o desean cambiar de especialidad.
Si está en el camino categórico y desea continuar su residencia en el mismo programa, entonces no necesita un certificado de finalización de la pasantía, ya que obtendrá un diploma de especialidad al final de la residencia.